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Real Decreto 561/2010, de 7 de Mayo, por el que se crean la Medalla y la Placa al Mérito en el Comercio

Creación de la Medalla y Placa al Mérito en el Comercio.


Objeto


Distinguir a las personas físicas, españolas o extranjeras, que se hayan destacado de forma relevante por sus actuaciones en el ámbito del comecio y por su colaboración o apoyo a la política comercial española.


Derechos inherentes


  • Carácter honorífico, sin derecho económico alguno.
  • Derecho a su exhibición,  y podrá hacer constar su posesión en impresos, documentos, anuncios y publicidad.


Procedimiento


  • Procedimiento de concesión:
    • De oficio, a iniciativa de la Secretaría de Estado de Comercio.
    • A instancia de autoridades y representantes legales de corporaciones, asociaciones o entidades vinculadas al ámbito comercial.


  • Deberá ir acompañada de una memoria, donde se relacionen los méritos de los candidato u otro informe oportuno.


Entrada en vigor: día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

 

 

 


Editor: BORM


Descargar adjunto: BOE-A-2010-8191.pdf


Enlace externo: http://www.borm.es